Conozca el cronograma del pico y placa en Cartagena para evitar multas

Los conductores en Cartagena de Indias deben estar al tanto de las restricciones del pico y placa para evitar sanciones económicas, según lo estipulado por los decretos municipales correspondientes.

Para los vehículos particulares, el Decreto 0002 de 2024 establece que las restricciones aplican de 7 a.m. a 9 a.m., de 12 m. a 2 p.m. y de 6 p.m. a 8 p.m. Los días de circulación están determinados por el último dígito de la placa, como sigue:

  • Lunes 12 de febrero: 9 y 0.
  • Martes 13 de febrero: 1 y 2.
  • Miércoles 14 de febrero: 3 y 4.
  • Jueves 15 de febrero: 5 y 6.
  • Viernes 16 de febrero: 7 y 8.

Los taxis, por su parte, deben acatar el pico y placa según el Decreto 1145 del 25 de agosto de 2023, el cual establece que la restricción aplica desde las 6 a.m. hasta las 6 a.m. del día siguiente, incluso en días festivos. Los días de restricción para taxis se determinan también por el último dígito de la placa:

  • Lunes 12 de febrero: 1 y 2.
  • Martes 13 de febrero: 3 y 4.
  • Miércoles 14 de febrero: 5 y 6.
  • Jueves 15 de febrero: 7 y 8.
  • Viernes 16 de febrero: 9 y 0.

En cuanto a las motocicletas, el Decreto 0007 de 2024 establece que la restricción opera desde las 5 a.m. hasta las 11 p.m., sin días sin moto. La circulación está limitada según el último dígito de la placa:

  • Lunes 12 de febrero: 9 y 0.
  • Martes 13 de febrero: 1 y 2.
  • Miércoles 14 de febrero: 3 y 4.
  • Jueves 15 de febrero: 5 y 6.
  • Viernes 16 de febrero: 7 y 8.

Es fundamental que los conductores conozcan y respeten estas disposiciones para evitar sanciones y contribuir al orden vial en la ciudad.