Corte Constitucional: «La liberación de voceros de paz se considera una medida que amenaza los derechos de las víctimas»

La Corte Constitucional de Colombia emitió un pronunciamiento cuestionando la liberación de ‘voceros de paz’, señalando que esta medida vulnera los derechos de las víctimas, en el marco de su fallo sobre la ley ‘Paz Total’.

Según el tribunal, la excarcelación de personas designadas como ‘voceros de paz’ no se ajusta al marco legal colombiano. La ley establece que los voceros serán determinados por el gobierno en función de su contribución al proceso de paz y la finalización de confrontaciones y conflictos sociales.

La Sala Plena de la Corte Constitucional subrayó que estas disposiciones no pueden ser tomadas por el poder ejecutivo, ya que estaría en contradicción con las medidas judiciales impuestas por un juez.

«El presidente y la rama ejecutiva del poder público en general no pueden disponer la liberación de quien ha sido privado de la libertad por orden judicial, especialmente si no se enmarca en un objetivo preciso con un fundamento constitucional claro y definido», indicó el pronunciamiento de la corte.

Además, la Corte destacó que revocar las medidas de aseguramiento impuestas por la Rama Judicial afectaría los derechos de las víctimas a la efectiva impartición de justicia.

«Esta eventual excarcelación torna inocuos los fines que en su momento justificaron la imposición de la medida de aseguramiento o de la pena de prisión por parte de las autoridades judiciales, lo cual, a su vez, limita la efectividad del recurso judicial para las víctimas, y afecta su derecho a la efectiva impartición de justicia», resaltó el comunicado.

En respuesta, la Corte Constitucional excluyó del ordenamiento legal creado por la ley ‘Paz Total’ la expresión «y se encuentren en privación de libertad», impidiendo que la designación como voceros de paz sea solicitada por el presidente.

Fuente: Sistema Integrado de Información.