Procuraduría y Defensoría abren nuevos espacios para víctimas del conflicto armado

La Procuradora General de la Nación, Margarita Cabello Blanco, y el Defensor del Pueblo, Carlos Camargo Assís, suscribieron hoy una directiva para impulsar en los territorios la participación de las víctimas ante los 10 macro casos abiertos por la Jurisdicción Especial para la Paz, (JEP), a propósito de la inconformidad expresada por ellas frente al abandono e invisibilización del que han sido objeto.

Según informe de la JEP, con corte al 21 de octubre de 2022, la Jurisdicción cuenta con 334.364 víctimas acreditadas, de las cuales 6.122 corresponden a acreditaciones individuales y las restantes a sujetos colectivos como resguardos, lo que significa un enorme reto en materia de cobertura dado que, en Colombia se encuentran registradas 9’423.138 víctimas del conflicto armado, según cifras de la Unidad de Víctimas.

La directiva busca nuevas estrategias para materializar la participación de nuevas víctimas ante el componente judicial del Sistema Integral para la Paz por medio de una articulación entre los servidores del Ministerio Público (Procuraduría, Defensoría y Personerías) en torno a la realización de actividades necesarias para promover la pedagogía, participación y acreditación ante la JEP en todo el territorio nacional.

“Respecto a la garantía de derechos de las víctimas, se determinó la necesidad de acompañarlas de forma eficaz. En este contexto en que se propone la directiva, como un instrumento donde la Procuradora, como cabeza del Ministerio Público, y el Defensor del Pueblo, generan un marco de articulación para promover y garantizar su participación en la JEP”, aseguró la Procuradora.

Para la participación de víctimas en la JEP se deben promover espacios de pedagogía y apoyo en la formulación de solicitudes de acreditación individual o colectiva, así como otras estrategias que les permitan decidir, de manera libre, consciente y voluntaria, ingresar como intervinientes especiales a dicho sistema de justicia transicional.