20 años le tomó a la Corte Suprema condenar a corrupto exgobernador del Chocó

Casi 20 años después de haber ocupado el cargo, la Corte Suprema de Justicia profiere fallo condenatorio de 5 años y 9 meses de prisión a exgobernador del departamento del Chocó, Julio Ibargüen Mosquera, por los delitos de interés indebido en la celebración de contratos y cohecho propio.

Como bien se sabe, en el Colombia existe una modalidad llamada «los congeladores», algo que hace parte del entramado de corrupción en el país, utilizado para estancar por varios años los procesos por corrupción; es así como surge una larga espera para judicializar a funcionarios que cometen delitos en el sector público.

Julio Ibargüen Mosquera también fue condenado al pago de una multa por 116.64 salarios mínimos legales mensuales vigentes para la época de los hechos, e inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por 70 meses y 12 días.

Este fallo, que además es de primera instancia, es decir que aún puede ser apelado, está relacionado con el contrato número 2865 del 11 de septiembre de 1998, suscrito entre la Empresa de Licores y el Consorcio Chocó Pacífico para la distribución, comercialización y venta de portafolio de licores destilados de manera exclusiva a nivel departamental y nacional.

En el proceso se determinó que, tras posesionarse como Gobernador de Chocó, en el 2004, Ibargüen Mosquera debía tomar la decisión sobre la ampliación de ese negocio. «En cuanto a la conducta referida a que el acusado se interesó indebidamente en provecho propio o de un tercero en la prórroga del contrato, valorado en conjunto el material probatorio la Sala llega al convencimiento que realizó esa conducta con el propósito de beneficiar a la empresa contratista y, así mismo, al aceptar la promesa del pago de una suma de dinero de parte de su propietario Olmes Durán Ibargüen», señala la sentencia contra la que procede el recurso de apelación.  

Así las cosas, la Sala encontró que el acusado, quien «controló y decidió la prórroga automática del contrato», favoreciendo a un tercero a cambio de la promesa de recibir una coima del 10% de ese negocio.

Para el año 2015, la misma Corte Suprema, condenó a Ibargüen  Mosquera a 90 meses de prisión (7 años y medio) por nexos con las autodefensas.

En esa ocasión, según el alto tribunal, que le impuso una multa de 6.500 salarios mínimos mensuales vigentes, equivalentes a más de $4.100 millones de pesos, el exgobernador fue hallado responsable del delito de concierto para delinquir por promover grupos armados al margen de la ley.

En el proceso la Fiscalía probó que el exmandatario recibió el apoyo del exparamilitar Freddy Rendón Herrera, alias ‘el Alemán’, para ser elegido en la Gobernación del Chocó.

También fue condenado el año pasado por la misma Corte por irregularidades en la Caja Menor de la Gobernación de Chocó.

En este caso, el alto tribunal señaló que cuando finalizaba su mandato en 2007, se expidieron tres resoluciones en marzo y abril de ese año que, desconociendo el ordenamiento jurídico y se autorizó el giro de avances a nombre del Secretario de Hacienda en ese entonces, Roger Pastor Mosquera Lozano.

Según las investigaciones, se apropiaron recursos ilegalmente por $114.093.630, lo que generó un detrimento para el erario del departamento.

Y aunque los funcionarios se justificaron en la compra de materiales escolares para las instituciones educativas del departamento, en el proceso se encontró que no existían las empresas en las que fueron adquiridos los supuestos materiales, o que los elementos comprados nunca ingresaron a los colegios.

Tampoco legalizó el proceso en los 5 días siguientes a su realización, ni constituyó las fianzas o garantías para proteger los recursos públicos, requisitos que se exigían para el uso de cajas menores.

De esta forma, la Corte Suprema de Justicia, condenó a Ibargüen en primer grado por los delitos de prevaricato por acción y peculado por apropiación a favor a terceros, a una pena principal de 80 meses de prisión, a pagar una multa equivalente a 319 salarios mínimos legales mensuales vigentes y lo inhabilitó para el ejercicio de derechos y funciones públicas.

En la misma decisión, que acaba de expedir la Sala de Primera Instancia lo absolvió de los cargos de interés indebido en la celebración de contratos y cohecho propio relacionados con negocios jurídicos del Departamento Administrativo y de Seguridad Social de Chocó (Dasalud). 

Ciertamente, el marco jurídico que regula la delegación de la función contractual, permite establecer que por razón de su cargo de Gobernador de Chocó, Julio Ibargüen Mosquera estaba facultado para intervenir en el proceso de contratación del Departamento Administrativo de Salud y Seguridad Pública de Chocó, sin embargo, la posible existencia de un interés indebido en provecho propio y de un tercero en los doce contratos que integraron la lista hallada en un inmueble de propiedad de Olmes Durán Ibargüen, no encuentra demostración”, establece la sentencia de primera instancia.  

Por último, la Sala de Primera Instancia, al encontrar acreditados los requisitos para ello, le sustituyó al exgobernador, la pena privativa de la libertad para que el acusado cumpla la sanción impuesta en su contra en su domicilio.

Por consiguiente, luego de 17 años de haberse cometido por parte del funcionario todos estos delitos por los que se le viene juzgando desde el 2015, sería oportuno conocer si el exgobernador del Chocó con un prontuario de corrupción más que demostrado, ha devuelto tan siquiera 10 mil millones de pesos de todo lo que se apropió siendo mandatario departamental.

Ibargüen se desempeñó como profesor de primaria durante 32 años, presidente del sindicato docente del Chocó, primer vicepresidente de Fecode, concejal de Istmina para el periodo 1974 – 1976; concejal de Quibdó de 1984 a 1986, diputado del departamento de 1986 a 1988 y de 1988 a 1990, miembro de la Unidad de Trabajo Legislativo y representante a la Cámara del año 2001 a febrero de 2002, y gobernador del Chocó en el periodo comprendido entre 2004 y 2007.

*Con información de corrupciónaldía.com.