Luego de varios meses de estudio, la Corte Constitucional, con una votación de 6-3 tumbó la reforma al nuevo Código Electoral, aprobado en el Congreso de la República en el año 2020. De acuerdo con el alto tribunal, la aprobación del articulado estuvo enmarcado por varios vicios de trámites, uno de ellos y el principal, es que por tratarse de un proyecto de ley estatuaria, el mismo no podía aprobarse en sesiones extraordinarias como se hizo.
Otro de los motivos que habría dado pie a la determinación del alto tribunal, tendría que ver con una normatividad que exige que por el nivel de importancia del proyecto, este debía debatirse y aprobarse de manera presencial y no virtualmente. De igual forma, según trascendió se habría cuestionado la omisión de un estudio de impacto fiscal, ya que en el código fueron aprobados puntos en ese sentido. Así mismo, que varias directrices guardan relación directa con comunidades étnicas, sin tener en cuenta que para ello era necesario una consulta previa con las mismas.
¿Qué contenía el nuevo Código Electoral?
Cabe mencionar que el nuevo Código Electoral introducía importantes cambios al sistema político del país, cuyas leyes no han cambiado desde 1985, en ese sentido, uno de los aspectos más relevantes, era la paridad de género, que permitiría que el 50% de las planchas sean para las mujeres y el otro 50% para los hombres. De igual forma, se incluían distintas regulaciones y restricciones a las encuestadoras, eliminándose la posibilidad de hacer sondeos hasta 48 horas antes de una justa electoral.
El articulado que contenía 275 artículos, además contemplaba que el Consejo Nacional Electoral, CNE, quedaba obligado a promover una cultura de la no violencia en el marco del ejercicio de los derechos políticos de las mujeres. Y sumado a ello, se incluía el voto electrónico mixto en todo el país, entre otras modificaciones.