La Corte Constitucional avaló que hijos e hijas de venezolanos en Colombia puedan adquirir la nacionalidad colombiana por nacimiento.
En una revisión que hizo la corte de la expresión “venezolanas” contenida en el artículo 1 de la Ley 1997 de 2019 que señala que: «por medio del cual se establece un régimen especial y excepcional para adquirir la nacionalidad colombiana por nacimiento para hijos e hijas de venezolanos en situación de migración regular o irregular para evitar que éstos se queden sin nacionalidad y caigan en la denominada apátrida».
Hay que recordar que la norma había sido demandada porque consideraban que violaba el derecho a la igualdad de los migrantes de otras nacionalidades que se encuentran en Colombia-
Pues bien, la Corte Constitucional consideró que la norma es constitucional dado que esta medida preferente es estrictamente excepcional y temporalmente delimitada a las circunstancias que pretende conjurar, relacionadas con la grave crisis humanitaria que padece la población venezolana y no es la única alternativa para que las hijas e hijos de extranjeros accedan a la nacionalidad colombiana.