36 meses es el plazo que le otorgó el Gobierno Nacional a los empleadores del sector publico y privado para que y a los trabajadores independientes para hagan su aporte de los montos faltantes de las cotizaciones al Sistema General de Pensiones.
Por medio del decreto 376 de 2021, que fue presentado luego de que la Corte Constitucional declarara inexequible la disminución de los aportes para abril y mayo de 2020, se informó que la manera en que deberá efectuarse los pagos es la siguiente: El 75 % por el empleador, exclusivamente, y el 25 % restante por el trabajador, sin perjuicio de lo anterior, el empleador o el trabajador tendrán la posibilidad de efectuar la totalidad de pago de la cotización faltante y posteriormente efectuar el cobro al empleador o al trabajador según corresponda.
Los trabajadores independientes pagaran el 100% del aporte de la cotización al Sistema General de Pensiones faltante.