Se tratan de los exconcejales de Soledad que fueron destituidos e inhabilitados por 10 años hace algunas semanas.
Los mismos ex cosejales hoy día se resisten a asimilar la condición en la cual fueron dejados y han pasado a desarrollar labores de juristas y constitucionalistas con las acciones de una serie de tutelas en bsca de revertir el acto administrativo que según ellos, vulneró sus derechos constitucionales y no contra quienes toman las decisiones que conllevan a vulnerar un derecho constitucional.
Para el caso de Robinson Buelvas, exconcejal de Soledad, quien pareciera haber perdido su tiempo en la Esap, en la actualidad no asimila que en la función pública hay acciones de tipo penal, disciplinaria, fiscal y administrativa, entre otras. Tanto, que dentro del proceso en ningún momento se les vulneró derecho alguno.
A pesar que los exconsejales a través de sus apoderados juristas, no lograron desvirtuar nada y en cambio se demostró que si incurrieron en una falta disciplinaria gravísima a título de dolo que según dicta la Ley 734 de 2002 contempla este tipo de sanciones con destitución del cargo e inhabilidad para ocupar públicos o contratar con el Estado.
La creación del Fondo para el Fomento del Deporte en Soledad, que tuvo una financiación del 1.5% de toda la contratación tanto en el ente territorial y descentralizados, cuando la ley contempla que se debe apropiar un porcentaje del presupuesto general o en su defecto establecer un monto dentro del presupuesto general para su financiación, sin embargo, los consejales, crearon una contribución, es decir, un gravamen que solo es competencia del Congreso de la República y no del alcalde y menos de los concejales.
Por lo anterior, la Procuraduría Provincial de Santa Marta los destituyó e inhabilitó por 10 años, decisión que fue apelada por los honorables concejales de la época y confirmada por la Procuraduría Regional del Magdalena en diciembre de 2019.
La cosa no termina ahí, pues aún está pendiente la decisión penal que cursa en la Fiscalía General de la Nación, en la Unidad Delitos contra la Administración Pública, por el presunto delito de prevaricato por acción y otros.
Negación de la acción de Tutela de Robinson Buelvas
Denegada fue la acción de tutela impetrada por el exconcejal de Soledad Robinson Buelvas Vergara, ante el Juzgado Noveno Laboral del Circuito de Barranquilla, esto, tras considerar el juez la “improcedencia de la acción de tutela por incumplimiento del requisito de inmediatez”, y la sustenta en que el señor demandante, el exconcejal Buelvas no demostró la urgencia de recuperar sus derechos vulnerados por la fecha en que inició la acción de demanda.
Según la norma, el principio de inmediatez determina; “quien se crea damnificado en un derecho fundamental debe solicitar su enmienda en un período razonable”.
Exconcejal Robinson Buelvas demanda el acuerdo que creó el Fondo del Deporte
Una vez sancionado el proyecto en mención por el alcalde de turno, el exconsejal Robinson Buelvas demanda dicho acuerdo mediante acción de tutela del pasado 4 de noviembre de 2020, los hechos origen de su queja datan de varios meses atrás. No obstante, los acuerdos, resoluciones, decretos ordenanzas, son actos administrativos y son demandables ante los juzgados administrativos, por cuanto el acuerdo fue demandado y un Juez Administrativo decretó la nulidad total del acuerdo.
Las acciones disciplinarias tiene unas etapas procesales que fueron cumplidas a cabalidad y terminó con una decisión de fondo y si estaban informes con la decisión tomada por la Procuraduría General de la Nación, entonces hubieran demandado el fallo de segunda instancia y demostrar que les fue vulnerado el derecho a la legitima defensa o al debido proceso y que la decisión de la Procuraduría Provincial de Santa Marta y la Regional del Magdalena fue tomado por fuera de los preceptos legales y constitucionales.
Que absurdo que los señores honorables estaban creyendo que con una tutela la Procuraduría General de la Nación les iba a revocar una sanción constituida en destitución del cargo e inhabilidad por 10 años de interdicción pública, y el mesías de Robinson Buelvas estaba acudiendo a otro Código Disciplinario que solo él y sus ingenuos compañeros conocían, sigan creyendo que el niño Dios es quien trae los juguetes y la Cigüeña es la que trae a los bebes.
Ref.Lacarreta.
#DIARIOLALIBERTAD
D.A.











