*En Fundación, mediante allanamiento capturaron a una persona e incautaron varias botellas de licor lista para la venta
Con el propósito de garantizar la seguridad y la tranquilidad de los habitantes del Magdalena por una Navidad Próspera y Segura, la Policía del Departamento a través de la Seccional de Investigación Criminal en coordinación con la Fiscalía General de la Nación, lograron mediante diligencia de registro y allanamiento en Fundación, la incautación de 72 botellas de licor adulterado y la captura de Juan David Cumplido Güette de 23 años por el delito d[1].
El licor incautado tiene un valor que asciende a los tres millones de pesos, el cual estaba envasado en botellas de aguardientes de 750 y 1000 mililitros y ron x 750 mililitros.
Allanamiento para encontrar el licor Allanamiento para encontrar el licor Incautación de Licor adulterado en Fundación Incautación de Licor adulterado en Fundación Incautación de Licor adulterado en Fundación
El comandante del Departamento de Policía Magdalena, coronel Samir Pava Ávila, hace un llamado a la comunidad a tener cuidado al momento de comprar y consumir licores, porque el ingerir estos liquidos adulterados representa un gran riesgo y daño para la salud, reiteró a los consumidores la importancia de verificar las características de la tapa de las botellas, el anillo de seguridad y la estampilla impresa en las mismas, de igual manera invitó a la ciudadanía a comprar estos productos en lugares autorizados.
Con la incautación de estas botellas se protege la integridad y salud de los fundanenses y magdalenenses, evitando que este licor se comercializara en establecimientos públicos y causara alguna afectación a la comunidad.
[1] Artículo 373 Código Penal Ley 599 de 2000. El que con el fin de suministrar, distribuir o comercializar, imite o simule producto o sustancia alimenticia, médica o material profiláctico, medicamentos o productos farmacéuticos, bebidas alcohólicas o productos de aseo de aplicación personal, incurrirá en prisión de cinco (5) a once (11) años, multa de doscientos (200) a mil quinientos (1.500) salarios mínimos legales mensuales vigentes e inhabilitación para el ejercicio de la profesión, arte, oficio, industria o comercio por el mismo término de la pena privativa de la libertad.
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