La reforma al Código Electoral tiene entre sus propuestas la paridad de género en la política, cambios en la inscripción de cédulas y la posibilidad de mayor tecnología en las votaciones.
Esta iniciativa, a juicio de expertos, informa el Diario El Tiempo, no es solo necesaria sino que resolvería una materia pendiente que tiene el Legislativo, pues el actual código electoral viene desde 1986. Es tan antiguo que todavía hace referencia al bipartidismo, cuando hoy lo que rige es el multipartidismo.
Pero el proyecto también tiene algunos puntos que han generado fuerte polémica en el Congreso. Una de las disposiciones que más ha levantado ampolla es la eliminación de la llamada Ley de Garantías, que es una norma que básicamente busca limitar la contratación pública cuatro meses antes de las contiendas electorales, con el fin de evitar que algunos mandatarios hagan uso de contratos para favorecer a algún candidato.
La norma, una vez entra en vigencia, antes de cada elección, prohíbe a gobernadores y alcaldes celebrar convenios interadministrativos para la ejecución de recursos públicos y se limita la contratación directa durante los cuatro meses anteriores a la votación.
No obstante, a juicio de alcaldes y gobernadores, esto interrumpe los procesos de contratación, lo que genera inconvenientes para el desarrollo de obras en los municipios.
“Pretenden derogar la ley de garantías, que es dique de contención de la politiquería en plena época electoral, eso es abrir el flujo de mermelada y de contratación a dedo en plena época electoral”, manifestó el senador Rodrigo Lara.
En el mismo sentido se pronunció la representante Juanita Goebertus, quien dijo que la ley de garantías “no se debe derogar”.
“Aunque surgió con la reelección presidencial, la nómina estatal, la contratación directa y los convenios interadministrativos han sido usados para favorecer a aliados políticos”, manifestó Goebertus.
Por el contrario, el congresista del Atlántico César Lorduy, quien es ponente del código electoral, defendió la propuesta de eliminar la ley de garantías, pues esta es más bien “una ley de parálisis”.
“Entre ley de garantías, que más bien es una ley de parálisis, más los tiempos que se requieren para elaborar y aprobar el plan de desarrollo, los municipios se paralizan casi un año en el periodo de cada alcalde”, manifestó Lorduy.
También ha resultado llamativa una disposición que establece que cuando un ciudadano cambia su lugar de domicilio, deberá informar a la Registraduría en un término no mayor a dos meses tras haber hecho el cambio de residencia, con el fin de que se haga la “actualización del censo electoral para el establecimiento de su nuevo domicilio electoral y la asignación de su puesto de votación”.
Quienes no cumplan con este requisito, indica la reforma, o, “se les impondrá una multa de medio salario mínimo legal vigente, a favor del Fondo Rotatorio de la Registraduría Nacional del Estado Civil”. No obstante, el código electoral obliga a la Registraduría a adelantar “jornadas pedagógicas y de sensibilización para incentivar a los ciudadanos a actualizar el domicilio electoral”.
HL
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