Este martes se llevará a cabo en Plenaria del Senado de la República el Debate de Control Político, citado por el Senador Rodrigo Lara, al Ministro de Hacienda y Crédito Público, Alberto Carrasquilla, sobre el uso de recursos del Fondo de Mitigación de Emergencias (FOME) para el rescate de Avianca. Durante el debate serán cuestionadas las garantías y condiciones del “generoso crédito” de 370 millones de dólares a la aerolínea que dejó de ser colombiana hace varios años, en comparación con el muy estrecho y tímido paquete de ayudas recientemente sancionado por el presidente de la República, Iván Duque, que extendió la vigencia del Programa de Apoyo al Empleo Formal (PAEF).
Cabe recordar, que en dos ocasiones se presentaron proposiciones por parte del Senador Lara en conjunto con otros parlamentarios. Primero, con miembros del movimiento Liberal Socialdemócrata y, luego, con el Senador John Milton Rodríguez, para ampliar el alcance del PAEF a la microempresa, en particular a aquellas conformadas por un trabajador autónomo y/o que tengan una nómina de menos de tres trabajadores. Sin embargo, la bancada de Gobierno hundió la posibilidad de beneficiar a más de 280.000 microempresas formales, de las cuales derivan su sustento cerca de 1.4 millones de colombianos.
Es altamente cuestionable, que luego del escaso número de empresas beneficiadas con este subsidio, se haga un préstamo que supera en 7,13 veces el valor en la Bolsa de Avianca con la excusa de reactivar este sector. Estas decisiones, sin duda, aportan a que Colombia tenga hoy la tasa de desempleo más alta de América Latina y que según la revista The Economist, sea el segundo país del mundo en donde más ha crecido el nivel de desempleo en el 2020.
En este contexto, fue citado el Ministro de Hacienda y Crédito Público a un debate de control político en el que deberá responderle las siguientes preguntas al país:
CUESTIONARIO DEBATE DE CONTROL POLÍTICO AL MINHACIENDA SOBRE EL USO DE RECURSOS DEL FOME PARA EL RESCATE DE AVIANCA
1. ¿Cuáles fueron los fundamentos técnicos que justificaron la operación de préstamo de los USD$370 millones a la Aerolínea Avianca? ¿Con qué argumentos técnicos se concede un rescate “préstamo” a una empresa que no es colombiana?
2. Existen antecedentes históricos en el país de créditos directos de recursos del presupuesto público a empresas privadas por montos de magnitud similar?
3. ¿Cualquier empresa extranjera puede acceder a estos fondos?
4. ¿Hay créditos similares para otras compañías aéreas colombianas para garantizar la competencia?
5. Qué criterio técnicos, financieros y jurídicos soportan esta operación de salvamento para una empresa sometida a la ley de quiebras en Nueva York donde los recursos pasarán a control de un juez extranjero?
6. ¿Cuál es la destinación de este crédito? ¿Es otorgado para fondear la operación de la compañía o para pagar sus deudas? ¿Si es para la operación es para la que corresponde exclusivamente en el territorio colombiano?
7. ¿Esos dineros públicos del préstamo de USD$370 millones pueden ser usados por Avianca para saldar obligaciones como acreedores financieros y otros? ¿Con base en qué proyecciones financieras se tomó la decisión de habilitar un crédito contingente de USD$370 millones? Sírvase entregar los cuadros de proyecciones financieras que sustentan la decisión.
8. Si la garantía son los activos netos de AVIANCA, ¿Por qué el crédito supera en siete (7,13) veces el valor en Bolsa de la empresa? ¿Por qué se otorgan dineros públicos con garantías siete (7) veces menores?
9. ¿Dado el alto monto del crédito contingente que ofrece el gobierno colombiano y teniendo en cuenta la difícil situación financiera de la aerolínea, por qué el gobierno no exigió una participación en el capital de la aerolínea o una participación en los órganos de dirección de la misma?
10. Sírvase allegar los documentos que soportan los términos del crédito, suscrito por las partes (Covenant).
11. ¿Cuál es el valor nominal de las deudas de Avianca?
12. ¿Qué porcentaje de la deuda corresponde a bancos colombianos? Sírvase discriminar los montos y la jerarquización de estos créditos en el marco del proceso concursal Capítulo 11.
13. ¿Qué garantías reales tendrá el Gobierno Nacional en esta operación? ¿Qué esfuerzo correlativo se le exige a accionistas y acreedores?
14. ¿Cómo es posible que para créditos FINDETER se exija a Entes Territoriales pignorar rentas para garantizar préstamos cuya fuente es el propio Fondo para la Mitigación de Emergencias FOME, alimentando con recursos del FONPET, entre otros? Pero para Avianca las garantías sean siete veces menos a su valor en Bolsa?
15. Desde el punto de vista de responsabilidad fiscal ¿Quién asume esa responsabilidad en el evento de una pérdida de los recursos?
16. ¿Para el otorgamiento de este préstamo se analizó la situación del accionista mayoritario y sus procesos de soborno transnacional? ¿Son claros los efectos jurídicos de una posible condena en su contra?
17. ¿Cuáles han sido los usos de los recursos económicos del Fondo para la Mitigación de Emergencias FOME?
18. ¿Cuáles son los criterios técnicos mediante los cuales se define la destinación de estos recursos?
19. ¿Las normas de emergencia económica derogan las atribuciones de la Superintendencia Financiera para controlar créditos de alto riesgo como en el caso de esta operación?
20. ¿A cuánto asciende el capital accionario de los bancos acreedores en el capital de Avianca durante el proceso concursal Capítulo 11? ¿Ha habido enajenación de dicha participación accionaria de los bancos? De ser así, ¿Qué fondos privados han adquirido dicha participación?
21. ¿Qué fondos privados han adquirido participación accionaria en Avianca durante el tiempo que lleva en el Capítulo 11? ¿El accionista Synergy Group de Germán Efromovich ha ampliado su participación en el capital de Avianca?
22. Sírvase remitir todas las actas del órgano de dirección y representación legal del FOME desde su constitución, en particular las actas de las reuniones en donde quienes dirigen y representan han tratado el otorgamiento del crédito a la aerolínea Avianca.
HL
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