Orden que prohíbe uso de gases lacrimógenos durante protestas genera polémica en el país

Las fuerzas del orden público en Colombia no podrán hacer uso de agentes químicos en las protestas durante la pandemia de Covíd-19, así lo ordenó un fallo de tutela del Juzgado Quinto Laboral del Circuito de Bogotá.

La prohibición aplica para los siguientes dispositivos:

*Lanzador de pimienta, con propulsión pirotécnica, gas o aire comprimido.
*Granadas con carga química CS, OC
*Granadas Fumígenas
*Cartuchos con carga química CS, OC
*Cartuchos fumígenos y/o cualquier otra sustancia semejante

La orden judicial contempla que la prohibición se mantendrá incluso en las prórrogas por la emergencia sanitaria.

Al ser notificado, el Ministerio de Defensa señaló que es respetuoso de las órdenes emitidas por las autoridades judiciales y reiteró que garantiza el derecho a la manifestación pacífica.

“El Ministerio de Defensa Nacional es respetuoso de la independencia judicial, de la división de poderes y de las órdenes emitidas por las autoridades judiciales (…) es importante reiterar que el Gobierno Nacional es respetuoso y garante del derecho a la manifestación pacífica y ejerce la autoridad legítima del estado en caso de violencia o vandalismo”, indica el comunicado.

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