Con la renuncia de Álvaro Uribe a su cargo de senador dirigida oficialmente al presidente del Senado, Arturo Char Chaljud, se abre el debate sobre quién será el ente investigador que lleve el caso del exmandatario ¿Seguirá a cargo de la Corte Suprema de Justicia o quedará en manos de la Fiscalía?
La Corte Constitucional ha fijado ciertos criterios relativos al fuero de los congresistas pero en vigencia de la constitución de 1991, no es aplicable del todo porque debe hacerse del acto legislativo 01 del 2008, en consecuencia la sentencia SU-198 de 2013 la cual establecía en efecto el precedente precisa que una vez que “la Sala de Casación Penal es sin lugar a dudas competente para conocer de los delitos cometidos por los congresistas, y puede adelantar investigaciones en todo momento, sin necesidad de ninguna autorización especial, esa competencia de la Sala de Casación Penal no cubre únicamente los delitos cometidos por los congresistas como ciudadanos corrientes sino que se extiende a aquellos hechos punibles ligados al ejercicio de sus funciones como parlamentarios. En efecto las competencias de la Corte Suprema de Justicia, precisa que, una vez que la persona ha cesado en el cargo, el fuero sólo se mantendrá para las conductas punibles que tengan relación con las funciones desempeñadas””. Cómo lo denota el Abogado Renzo Montalvo.
Lo cierto es que la renuncia de Uribe solo fue el primer paso de una jugada estratégica así como en el ajedrez: cuando el rey está en peligro y necesita ser resguardado de forma directa, se realiza el enroque que es pasar de una posición a otra a la máxima figura del juego.
Así se puede percibir este movimiento. Teniendo en cuenta que el expresidente ha dicho que en su caso no existen garantías procesales, por lo tanto debía buscar la forma de ser juzgado por otra entidad; al perder la investidura como Senador podría llegar a quedar en manos de la justicia ordinaria y ser investigado por la Fiscalía General de la Nación a la cual la Corte Suprema de Justicia le debería compulsar el expediente para continuar el proceso, como lo corroboramos al dialogar con el abogado Francisco Bernate, conjuez de la sala penal de la Corte Suprema de Justicia, del Consejo Seccional de la Judicatura de Bogotá, y de la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá.
Vamos a explicar un poco el panorama del efecto de la renuncia. Es claro que la competencia a la Corte no se la da la calidad de Senador, la competencia la mantendría si existiese la relación funcional entre su actividad como congresista y los hechos que son materia de investigación. Y este no es el caso, por lo que el delito que se investiga es el de fraude procesal y soborno. Por lo cual el jurista Bernate considera que la Corte Suprema debe mantener la línea desde 2009 y enviarlo a la Fiscalía.
Otro caso, sería si fuera verdad lo anunciado por el Senador Iván Cepeda, el cual alega después de conocer la renuncia del expresidente, que supuestamente miembros de su UTL habrían sobornado a testigos en nombre del senador Uribe Vélez; en ese caso, la Corte tendría que mantener la competencia por el fuero funcional.
En conclusión, la Corte continuaría con el caso si los hechos en investigación son conexos a su actividad como parlamentario o es un delito inherente a su cargo o para llegar a él.
HL
#DIARIOLALIBERTAD