Una acción de tutela que fue instaurada por el abogado Dorval Therán Mendoza ante un Juzgado Institucional de reparto contra el Alcalde Distrital de Barranquilla,
Jaime Pumarejo, alegando la vulneración de sus derechos fundamentales a él y otros compañeros de oficio, el despacho dio paso a la admisión para su posterior estudio.
Explica el accionante que por la aplicación del pico y cédula no se les permite la locomoción en la ciudad, hasta el punto que no pueden visitar oficinas y algunos despachos para
adelantar diligencias relacionadas con la profesión.
El accionante solicitaba la vinculación de diferentes entidades entre ellas Consejo Seccional de la Judicatura, cámara de comercio, Unidad de Servicios en Convivencia y Justicia (UCJ) entre otras; y teniendo en cuentas las reglas de reparto se en-
vió al Tribunal del distrito Judicial de Barranquilla.
Este requerimiento se debe a que muchos de los profesionales del derecho se encuentran afectados por la pandemia del covid-19 y la cuarentena obligatoria que dio inicio desde el 25 de marzo.
Por lo anterior expuesto y teniendo las consideraciones de la Sala Civil de familia, la Corte Constitucional y el decreto 2591 de 1991, el Juzgado Primero Penal Municipal de Adolescente admitió la acción de tutela interpuesta por el jurista.
Tras resolverse, el juzgado dio traslado de la Acción de Tutela en calidad de accionado a la Alcaldía Distrital de Barranquilla, a fin de que bajo la gravedad del juramento y en el término perentorio de (48) horas, presente informe por escrito y en duplicado, con relación a cada uno de los hechos y pretensiones plasmadas en la petición de tutela.
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